viernes, 21 de enero de 2011

INTERVENCIONISMO

El proyecto de reforma de la ley de vivienda, que el Gobierno Vasco está elaborando, es muy sorprendente y surgen varias dudas. Dado que se pretende hacer efectivo el derecho a la vivienda de personas con escasos recursos ¿Quién contribuirá al coste de las viviendas de los ciudadanos que no puedan hacer frente al pago? En dicho proyecto también se habla de expropiar viviendas de VPO. Se llevaría a cabo atendiendo a si el propietario duplica en tres años la cuantía máxima para acceder a los sorteos de vivienda pública. Una decisión peregrina si no se establece antes un fondo que respalde dichas expropiaciones. Además llevar a cabo una expropiación es un proceso largo y tedioso por lo que la medida perdería efectividad.

Se dice también que se gravará un canon especial a viviendas que durante dos años estén vacías. El objetivo sería sacar al mercado viviendas en alquiler. Uno de los motivos más importantes por el que los propietarios de viviendas vacías no las ofertan para su alquiler es debido a la inseguridad jurídica. El recorrido que un propietario debe hacer para expulsar de la vivienda al inquilino moroso, es muy complicado. Lo cual es muy desalentador. La ley actual no protege al propietario como sería deseable.

Llama la atención que las segundas viviendas no formen parte del paquete de medidas sancionadoras. No dejan de ser casas infrautilizadas y por tanto su aprovechamiento es limitado. Si se pretende optimizar el uso del parque de viviendas no se entiende que no se grave este tipo de viviendas. Además con qué criterios se denominan segundas viviendas. Es algo que debería ser aclarado.

Si lo que se busca es que todos puedan tener una vivienda, el camino escogido, no parece ser el más adecuado si antes no se corrigen algunos aspectos. Disponer de una vivienda en alquiler o propiedad depende no solo de la administración. Las personas son las que en mayor porcentaje deben esforzarse para alcanzar dicho objetivo. Porque el derecho a una vivienda no significa que la administración tenga la obligación de proporcionarla. Las instituciones son un instrumento para acceder a ellas no el único.

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